Código Penal estatal

Artículo 67 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza

Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 67 (Concurso ideal y real de delitos)

Hay concurso ideal de delitos, cuando con una sola acción o una sola omisión se cometen varios delitos.

Hay concurso real de delitos, cuando con pluralidad de acciones u omisiones se cometen varios delitos.

No hay concurso de delitos cuando las conductas constituyan un delito continuado o plurisubsistente.

Para la punibilidad del concurso de delitos y el delito continuado, se estará a lo dispuesto en el Capítulo Tercero del Título Quinto del Libro Primero, de este código.

Título Cuarto Personas morales Capítulo Único Responsabilidad de personas morales o jurídicas

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 67 de Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza?

(Concurso ideal y real de delitos) Hay concurso ideal de delitos, cuando con una sola acción o una sola omisión se cometen varios delitos. Hay concurso real de delitos, cuando con pluralidad de acciones u omisiones se…

¿Está vigente el artículo 67?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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