Código Penal estatal

Artículo 172 de Código Penal del Estado de Michoacán

Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 172.- Se impondrán de treinta a doscientas jornadas de trabajo en favor de la comunidad al que sin justa causa revelare algún secreto o comunicación reservada que por cualquier medio conociere o se le haya confiado con motivo de su empleo, cargo, oficio o arte, si de ello pudiera resultar daño para alguna persona.

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 3 DE AGOSTO DE 1998)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 172 de Código Penal del Estado de Michoacán?

Se impondrán de treinta a doscientas jornadas de trabajo en favor de la comunidad al que sin justa causa revelare algún secreto o comunicación reservada que por cualquier medio conociere o se le haya confiado con motivo…

¿Está vigente el artículo 172?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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