Artículo 326 de Código Penal del Estado de Michoacán
Código Penal del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 326.- Es aplicable al delito de fraude genérico y especies de defraudación previstos en este capítulo, lo dispuesto por el artículo 304; y siempre se perseguirán por querella de parte ofendida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.