Artículo 142 de Código Penal del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 142.- No es punible el aborto:
I. Cuando sea causado por la culpa de la mujer embarazada, y II. Cuando el embarazo sea resultado de una violación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.