Artículo 234 de Código Penal del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 234.- Al que haga uso de un documento falso o alterado para obtener un beneficio o causar daño, se le impondrá prisión de 3 meses a 3 años y de 15 a 90 días multa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.