Artículo 276 de Código Penal del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 276.- Al que a sabiendas adquiera indebidamente o haga figurar como suyos, bienes que un servidor público haya adquirido en contravención a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades de los Servicios Públicos, se le aplicará prisión de 6 meses a 6 años y de 30 a 300 días multa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.