Artículo 287 de Código Penal del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 287.- Al que usare uniformes oficiales, condecoraciones, grados jerárquicos, distintivos o insignias a que no tenga derecho, con el propósito de obtener un beneficio indebido o lesionando la dignidad o respeto de la Corporación o a la investidura a que correspondan aquéllos, se le impondrán de 3 meses a 5 años de prisión y de 20 a 100 días multa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.