Artículo 273 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí
Código Penal del Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 273. Comete el delito de desobediencia a un mandato legítimo de autoridad quien, sin causa justificada, se rehúsa a prestar un servicio de interés público a que lo obligue la ley, o desobedece un mandato de la autoridad.
(REFORMADO, P.O. 19 DE JULIO DE 2017)
Este delito se sancionará con una pena de un mes a un año de prisión y sanción pecuniaria de diez a cien días del valor de la unidad de medida y actualización.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.