Artículo 71 de Código Penal del Estado de San Luis Potosí
Código Penal del Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 71. Protección de los derechos de trabajadores y terceros Al imponer las consecuencias jurídicas accesorias previstas en este
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.