Código Penal estatal

Artículo 168 de Código Penal del Estado de Yucatán

Código Penal del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 168. Se impondrá de uno a cinco años de prisión y de cuarenta a quinientos días-multa, a quien por cualquier medio, dentro o fuera de las poblaciones, obstaculice, dañe, altere o destruya alguna vía de comunicación o sus instalaciones accesorias, retenga vehículos de transporte o interrumpa su servicio. Si fuere el propio conductor, el concesionario o empleado del servicio, será además separado de su puesto y perderá el trabajo o concesión en su caso y quedará inhabilitado por un plazo mínimo de un año para desempeñar o disfrutar el empleo o concesión respectivas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 168 de Código Penal del Estado de Yucatán a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 168 de Código Penal del Estado de Yucatán?

Se impondrá de uno a cinco años de prisión y de cuarenta a quinientos días-multa, a quien por cualquier medio, dentro o fuera de las poblaciones, obstaculice, dañe, altere o destruya alguna vía de comunicación o sus…

¿Está vigente el artículo 168?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.