Artículo 205 de Código Penal del Estado de Yucatán
Código Penal del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 205. Tratándose de los delitos contra el medio ambiente, los trabajos en favor de la comunidad a que se refieren los artículos 28 fracción XII y 95 fracción I de este Código, consistirán en actividades relacionadas con la protección al medio ambiente y la restauración de los recursos naturales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.