Artículo 63 de Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 63.- La privación de derechos resulta por ministerio de la Ley como consecuencia necesaria de una sanción, o por imposición del Juez, como sanción en sentencia definitiva.
(REFORMADO, P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DE 1998)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.