Artículo 13 de Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco
Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 13.- Existe concurso real cuando con pluralidad de acciones u omisiones se cometen varios delitos.
Hay concurso ideal cuando con una sola acción u omisión se cometen varios delitos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.