Artículo 234 de Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco
Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 234.- Comete el delito de incumplimiento de funciones públicas el servidor público que para impedir el cumplimiento de una ley, decreto, reglamento o resolución judicial o administrativa o el cobro de una contribución fiscal utilice el auxilio de la fuerza pública. Al responsable de este delito se le impondrá de dos a ocho años de prisión y multa de cien a doscientos días multa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.