Artículo 302 de Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco
Código Penal del Estado para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 302.- Se impondrá de noventa a ciento ochenta días de semilibertad, al que públicamente y sin derecho, use uniforme, insignia, distintivo o condecoración oficial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.