Código federal

Artículo 144 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 144.- Se consideran delitos de carácter político los de rebelión, sedición, motín y el de conspiración para cometerlos.

Artículo reformado DOF 15-01-1951, 29-07-1970

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 144 del Código Penal Federal clasifica ciertos delitos como de carácter político. Estos delitos son: la rebelión, la sedición, el motín y la conspiración para cometer cualquiera de estos actos. La rebelión se refiere a levantamientos armados contra la autoridad, mientras que la sedición implica incitar a la desobediencia de las leyes. El motín se relaciona con disturbios o alteraciones del orden público, y la conspiración se refiere a la planificación conjunta para llevar a cabo cualquiera de estos delitos.

  • Rebelión: Levantamiento armado contra la autoridad.
  • Sedición: Incitación a desobedecer las leyes.
  • Motín: Alteraciones del orden público.
  • Conspiración: Planificación para cometer los delitos mencionados.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 144 de Código Penal Federal?

Se consideran delitos de carácter político los de rebelión, sedición, motín y el de conspiración para cometerlos. Artículo reformado DOF 15-01-1951, 29-07-1970

¿Está vigente el artículo 144?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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