El Artículo 151 del Código Penal Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni efecto legal. Esta derogación se formalizó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2017. Al ser un artículo derogado, no se aplican las disposiciones que anteriormente contenía y, por lo tanto, no se puede invocar en ningún procedimiento legal.
- El artículo ya no es parte del marco legal vigente.
- No se pueden aplicar las normas que contenía.
- La derogación se publicó oficialmente en 2017.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.