Artículo 187 de Código Penal Federal
Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 187.- Al que quebrante los sellos puestos por orden de la autoridad pública se le aplicarán de treinta a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad.
Artículo reformado DOF 30-12-1991, 10-01-1994
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.