Artículo 227 de Código Penal Federal
Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 227.- Las disposiciones anteriores se aplicarán a todos los funcionarios o empleados de la administración pública, cuando en el ejercicio de su encargo ejecuten los hechos o incurran en las omisiones expresadas en los propios artículos.
TITULO DECIMOSEGUNDO Responsabilidad Profesional Título recorrido DOF 20-01-1967. Recorrido (antes Título Decimotercero) DOF 29-07-1970 CAPITULO I Disposiciones Generales Denominación del Capítulo reformada DOF 13-01-1984
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.