Código federal

Artículo 26 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 26.- Los procesados sujetos a prisión preventiva y los reos políticos, serán recluidos en establecimientos o departamentos especiales.

CAPITULO III Tratamiento en libertad, semiliberación y trabajo en favor de la comunidad Denominación del Capítulo reformada DOF 13-01-1984

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 26 del Código Penal Federal establece que las personas que están bajo prisión preventiva y aquellos considerados reos políticos deben ser recluidos en lugares específicos, conocidos como establecimientos o departamentos especiales. Esto implica que no serán enviados a las mismas instalaciones que otros reos, sino que recibirán un tratamiento diferente debido a su situación legal.

  • Los procesados en prisión preventiva tienen un estatus legal diferente al de los condenados.
  • Los reos políticos son aquellos que han sido encarcelados por razones políticas.
  • La reclusión en establecimientos especiales busca garantizar un tratamiento adecuado.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 26 de Código Penal Federal?

El artículo 26 del Código Penal Federal establece que las personas que están bajo prisión preventiva y aquellos considerados reos políticos deben ser recluidos en lugares específicos, conocidos como establecimientos o departamentos especiales. Esto implica que no serán enviados…

¿Está vigente el artículo 26?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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