Código federal

Artículo 284 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 284.- Si el amenazador cumple su amenaza se acumularán la sanción de ésta y la del delito que resulte.

Si el amenazador exigió que el amenazado cometiera un delito, a la sanción de la amenaza se acumulará la que le corresponda por su participación en el delito que resulte.

Párrafo reformado DOF 10-01-1994

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 284 Bis del Código Penal Federal establece sanciones para quienes realicen cobranza extrajudicial ilegal. Las penas van de uno a cuatro años de prisión y multas que oscilan entre cincuenta mil y trescientos mil pesos. Si se utilizan documentos o sellos falsos, las sanciones aumentan en un 50%.

Se considera cobranza extrajudicial ilegal cuando se emplea violencia o intimidación de manera ilícita para exigir el pago de deudas, ya sea en persona o a través de otros medios. Esto incluye deudas relacionadas con créditos o financiamientos otorgados por personas que se dedican profesionalmente a esta actividad. Sin embargo, informar sobre las posibles consecuencias legales del impago no se considera intimidación ilícita.

  • Penas de 1 a 4 años de prisión.
  • Multas de 50,000 a 300,000 pesos.
  • Aumento de sanciones si se usan documentos falsos.
  • Intimidación ilícita incluye violencia o amenazas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 284 de Código Penal Federal?

Si el amenazador cumple su amenaza se acumularán la sanción de ésta y la del delito que resulte. Si el amenazador exigió que el amenazado cometiera un delito, a la sanción de la amenaza se acumulará la que le…

¿Está vigente el artículo 284?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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