Código federal

Artículo 285 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 285.- Se impondrán de un mes a dos años de prisión y multa de diez a cien pesos, al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente y fuera de los casos en que la ley lo permita, se introduzca, furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de una casa habitada.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 285 del Código Penal Federal establece las sanciones para quienes ingresen a un lugar habitado sin la debida autorización. Esto incluye situaciones donde la entrada se realice de manera furtiva, mediante engaño o violencia, o sin el permiso de la persona que tiene la autoridad para otorgarlo.

Las penas por este delito van de un mes a dos años de prisión, además de una multa que puede oscilar entre diez y cien pesos. Es importante destacar que estas sanciones se aplican únicamente cuando no hay un motivo justificado y no se cuenta con una orden de autoridad competente.

  • Entrada sin autorización a un lugar habitado.
  • Uso de engaño, violencia o furtividad para ingresar.
  • Posibles penas: de un mes a dos años de prisión.
  • Multa de diez a cien pesos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 285 de Código Penal Federal?

Se impondrán de un mes a dos años de prisión y multa de diez a cien pesos, al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente y fuera de los casos en que la ley lo permita, se introduzca, furtivamente o…

¿Está vigente el artículo 285?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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