Código federal

Artículo 39 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 39.- El juzgador, teniendo en cuenta el monto del daño y la situación económica del obligado, podrá fijar plazos para el pago de la reparación de aquél, los que en su conjunto no excederán de un año, pudiendo para ello exigir garantía si lo considera conveniente.

La autoridad a quien corresponda el cobro de la multa podrá fijar plazos para el pago de ésta, tomando en cuenta las circunstancias del caso.

Artículo reformado DOF 29-12-1981. Fe de erratas DOF 13-01-1982. Reformado DOF 13-01-1984 CAPITULO VI Decomiso de Instrumentos, Objetos y Productos del Delito Denominación del Capítulo reformada DOF 15-01-1951, 13-01-1984, 23-12-1985

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 39 del Código Penal Federal establece que el juez puede determinar plazos para que una persona pague la reparación de un daño, considerando el monto del daño y la situación económica de la persona obligada. Estos plazos no pueden ser mayores a un año y el juez puede solicitar una garantía si lo considera necesario.

Además, la autoridad encargada de cobrar la multa también puede establecer plazos para su pago, teniendo en cuenta las circunstancias específicas del caso.

  • El juez fija plazos para el pago de la reparación del daño.
  • Los plazos no deben exceder un año.
  • Se puede exigir una garantía si el juez lo decide.
  • La autoridad de cobro puede establecer plazos para el pago de multas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 39 de Código Penal Federal?

El artículo 39 del Código Penal Federal establece que el juez puede determinar plazos para que una persona pague la reparación de un daño, considerando el monto del daño y la situación económica de la persona obligada. Estos plazos no pueden ser mayores a un año y el juez puede…

¿Está vigente el artículo 39?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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