Código federal

Artículo 406 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 406.- Se impondrán de cien a doscientos días multa y prisión de uno a seis años, al funcionario partidista o al candidato que:

Párrafo reformado DOF 25-03-1994, 22-11-1996 I. Ejerza presión sobre los electores y los induzca a la abstención o a votar por un candidato o partido determinado en el interior de la casilla o en el lugar donde los propios electores se encuentren formados;

Fracción reformada DOF 22-11-1996 II.- Realice propaganda electoral mientras cumple sus funciones durante la jornada electoral;

III. Sustraiga, destruya, altere o haga uso indebido de documentos o materiales electorales;

Fracción reformada DOF 22-11-1996 IV. Obstaculice el desarrollo normal de la votación o de los actos posteriores a la misma sin mediar causa justificada, o con ese fin amenace o ejerza violencia física sobre los funcionarios electorales;

Fracción reformada DOF 22-11-1996 V. Propale, de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados;

Fracción reformada DOF 25-03-1994, 22-11-1996 VI. Impida con violencia la instalación, apertura o cierre de una casilla; o Fracción reformada DOF 22-11-1996 VII. Obtenga y utilice a sabiendas y en su calidad de candidato, fondos provenientes de actividades ilícitas para su campaña electoral.

Fracción adicionada DOF 22-11-1996 Artículo adicionado DOF 15-08-1990

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 406 del Código Penal Federal establece sanciones para funcionarios partidistas o candidatos que cometan ciertas infracciones durante el proceso electoral. Las penas incluyen multas de cien a doscientos días y prisión de uno a seis años.

Las conductas que se sancionan son las siguientes:

  • Ejerce presión sobre los electores para inducirlos a abstenerse o a votar por un candidato específico.
  • Realiza propaganda electoral mientras está en funciones durante la jornada electoral.
  • Sustrae, destruye, altera o usa indebidamente documentos o materiales electorales.
  • Obstaculiza la votación o amenaza a funcionarios electorales sin causa justificada.
  • Propaga noticias falsas sobre la jornada electoral o sus resultados.
  • Impide, con violencia, la instalación, apertura o cierre de una casilla.
  • Obtiene y utiliza fondos ilícitos para su campaña electoral.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 406 de Código Penal Federal a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Tesis del SJF que mencionan esta ley

  • SALUD, DELITO CONTRA LA. PARA LA DEMOSTRACIÓN DEL ELEMENTO SUBJETIVO CONSISTENTE EN LA FINALIDAD DE LA POSESIÓN DE NARCÓTICOS A QUE SE…
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • FARMACODEPENDENCIA. INTERPRETACION DEL ARTICULO 199 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE EXTRACCIÓN DEL PAÍS DE NARCÓTICOS EN GRADO DE TENTATIVA. PARA EFECTOS DE SU SANCIÓN ES APLICABLE…
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • DELITO PREVISTO POR EL ARTICULO 205 DEL CODIGO PENAL FEDERAL. NO EXIGE QUE EL SUJETO PASIVO SEA MENOR DE EDAD, COMO ELEMENTO CONSTITUTIVO.
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • SALUD, DELITO CONTRA LA. PRUEBA DE LA FINALIDAD DE LA POSESION DE NARCOTICOS PREVISTA POR EL ARTICULO 195 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗

Estas son coincidencias generales. Para las tesis que realmente interpretan este artículo, con la cita exacta, pregúntale a Ian →

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 406 de Código Penal Federal?

El artículo 406 del Código Penal Federal establece sanciones para funcionarios partidistas o candidatos que cometan ciertas infracciones durante el proceso electoral. Las penas incluyen multas de cien a doscientos días y prisión de uno a seis años. Las conductas que se sancionan…

¿Está vigente el artículo 406?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.