Código federal

Artículo 41 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 41.- Los objetos o valores que se encuentren a disposición de las autoridades investigadoras o de las judiciales, que no hayan sido decomisados y que no sean recogidos por quien tenga derecho a ello, en un lapso de noventa días naturales, contados a partir de la notificación al interesado, se enajenarán en subasta pública y el producto de la venta se aplicará a quien tenga derecho a recibirlo. Si notificado, no se presenta dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la notificación, el producto de la venta se destinará al mejoramiento de la administración de justicia, previas las deducciones de los gastos ocasionados.

En el caso de bienes que se encuentren a disposición de la autoridad, que no se deban destruir y que no se puedan conservar o sean de costoso mantenimiento, se procederá a su venta inmediata en subasta pública, y el producto se dejará a disposición de quien tenga derecho al mismo por un lapso de seis meses a partir de la notificación que se le haga, transcurrido el cual, se aplicará al mejoramiento de la administración de justicia.

Artículo reformado DOF 15-01-1951, 13-01-1965, 23-12-1974, 31-12-1974, 13-01-1984 CAPITULO VII Amonestación

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 41 del Código Penal Federal se refiere a la disposición de objetos o valores que están bajo la autoridad de las instituciones investigadoras o judiciales. Si estos bienes no son decomisados y no son reclamados por su propietario en un plazo de noventa días tras la notificación, se venderán en una subasta pública. El dinero obtenido se entregará a quien tenga derecho a recibirlo.

Si la persona notificada no se presenta en un plazo de seis meses después de la notificación, el dinero de la venta se destinará a mejorar la administración de justicia, después de deducir los gastos. Además, si los bienes no deben ser destruidos pero son difíciles de conservar o costosos de mantener, se venderán de inmediato en subasta pública. El producto de esta venta también se dejará disponible para el propietario durante seis meses, y si no se reclama, se aplicará al mismo fin.

  • Bienes no reclamados se subastan tras 90 días.
  • Si no se reclama en 6 meses, el dinero mejora la justicia.
  • Bienes difíciles de mantener se venden de inmediato.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 41 de Código Penal Federal?

El artículo 41 del Código Penal Federal se refiere a la disposición de objetos o valores que están bajo la autoridad de las instituciones investigadoras o judiciales. Si estos bienes no son decomisados y no son reclamados por su propietario en un plazo de noventa días tras la…

¿Está vigente el artículo 41?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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