Artículo 422 de Código Penal Federal
Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 422.- En el caso de los delitos contra el ambiente, cuando el autor o partícipe tenga la calidad de garante respecto de los bienes tutelados, la pena de prisión se aumentará hasta en tres años.
Artículo adicionado DOF 13-12-1996. Reformado DOF 06-02-2002
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.