Código federal

Artículo 423 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 423.- No se aplicará pena alguna a quien incurra en la conducta señalada en el párrafo primero, fracción segunda, del artículo 418, ni a quien transporte la leña o madera muerta a que se refiere el artículo 419, cuando realice la actividad para uso doméstico dentro de la comunidad rural, indígena o afromexicana a la que pertenezca.

Artículo adicionado DOF 13-12-1996. Reformado DOF 06-02-2002, 08-05-2023 TITULO VIGESIMO SEXTO De los Delitos en Materia de Derechos de Autor Título adicionado DOF 24-12-1996

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 423 del Código Penal Federal establece que no se impondrá pena a quienes realicen ciertas actividades relacionadas con la leña o madera muerta, siempre y cuando estas se lleven a cabo para uso doméstico dentro de su comunidad rural, indígena o afromexicana. Esto significa que las personas de estas comunidades pueden transportar leña o madera muerta sin temor a ser sancionadas, siempre que lo hagan para su propio consumo y no para fines comerciales.

  • No hay pena para el transporte de leña o madera muerta.
  • Aplica solo a comunidades rurales, indígenas o afromexicanas.
  • La actividad debe ser para uso doméstico.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 423 de Código Penal Federal?

No se aplicará pena alguna a quien incurra en la conducta señalada en el párrafo primero, fracción segunda, del artículo 418, ni a quien transporte la leña o madera muerta a que se refiere el artículo 419, cuando…

¿Está vigente el artículo 423?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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