Código federal

Artículo 51 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 51.- Dentro de los límites fijados por la ley, los jueces y tribunales aplicarán las sanciones establecidas para cada delito, teniendo en cuenta las circunstancias exteriores de ejecución y las peculiares del delincuente; particularmente cuando se trate de indígenas se considerarán los usos y costumbres de los pueblos y comunidades a los que pertenezcan.

Párrafo reformado DOF 30-12-1991, 18-12-2002 En los casos de los artículos 60, fracción VI, 61, 63, 64, 64 bis y 65 y en cualesquiera otros en que este Código disponga penas en proporción a las previstas para el delito intencional consumado, la punibilidad aplicable es, para todos los efectos legales, la que resulte de la elevación o disminución, según corresponda, de los términos mínimo y máximo de la pena prevista para aquél. Cuando se trate de prisión, la pena mínima nunca será menor de tres días.

Párrafo adicionado DOF 14-01-1985 Cuando se cometa un delito doloso en contra de algún periodista, persona o instalación con la intención de afectar, limitar o menoscabar el derecho a la información o las libertades de expresión o de imprenta, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida para tal delito.

Párrafo adicionado DOF 03-05-2013 En el caso anterior, se aumentará la pena hasta en una mitad cuando además el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito, conforme a lo que establecen las leyes en la materia.

Párrafo adicionado DOF 03-05-2013

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 51 del Código Penal Federal establece que los jueces y tribunales deben aplicar las sanciones correspondientes a cada delito, considerando las circunstancias del delito y las características del delincuente. En particular, si el delincuente es indígena, se tomarán en cuenta sus usos y costumbres.

Además, se menciona que en ciertos casos, la pena puede ser ajustada, elevándose o disminuyendo según corresponda, pero la pena mínima de prisión no será menor a tres días. También se indica que si un delito doloso se comete contra un periodista o una instalación con la intención de afectar el derecho a la información, la pena se incrementará hasta en un tercio. Este aumento puede ser mayor, hasta en una mitad, si el autor es un servidor público o si la víctima es mujer y hay razones de género involucradas.

  • Las sanciones se aplican considerando las circunstancias del delito y del delincuente.
  • Se toman en cuenta los usos y costumbres de los pueblos indígenas.
  • La pena mínima de prisión es de tres días.
  • Se incrementa la pena por delitos contra periodistas.
  • El aumento de pena puede ser mayor si hay razones de género o si el autor es un servidor público.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 51 de Código Penal Federal?

El artículo 51 del Código Penal Federal establece que los jueces y tribunales deben aplicar las sanciones correspondientes a cada delito, considerando las circunstancias del delito y las características del delincuente. En particular, si el delincuente es indígena, se tomarán en…

¿Está vigente el artículo 51?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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