Código federal

Artículo 66 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 66.- En caso de que el error a que se refiere el inciso a) de la fracción VIII del artículo 15 sea vencible, se impondrá la punibilidad del delito culposo si el hecho de que se trata admite dicha forma de realización. Si el error vencible es el previsto en el inciso b) de dicha fracción, la pena será de hasta una tercera parte del delito que se trate.

Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 12-05-1938, 24-03-1944, 05-01-1948, 10-01-1994 CAPITULO V Tratamiento de inimputables y de quienes tengan el hábito o la necesidad de consumir estupefacientes o psicotrópicos, en internamiento o en libertad Denominación del Capítulo reformada DOF 13-01-1984, 10-01-1986

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 66 del Código Penal Federal se refiere a situaciones en las que una persona comete un delito bajo un error que puede ser superado, conocido como "error vencible". Si este error es de un tipo específico, se puede considerar que la persona es culpable de un delito culposo, es decir, un delito que no se cometió intencionalmente pero que se realizó por negligencia o falta de cuidado.

Además, si el error vencible se clasifica de otra manera, la pena impuesta puede ser menor, alcanzando hasta un tercio de la pena del delito original. Esto significa que la ley contempla diferentes grados de responsabilidad dependiendo de la naturaleza del error cometido.

  • El error vencible puede llevar a una pena menor.
  • Se considera el tipo de error para determinar la culpabilidad.
  • El delito culposo se relaciona con la falta de intención.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 66 de Código Penal Federal?

El artículo 66 del Código Penal Federal se refiere a situaciones en las que una persona comete un delito bajo un error que puede ser superado, conocido como "error vencible". Si este error es de un tipo específico, se puede considerar que la persona es culpable de un delito…

¿Está vigente el artículo 66?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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