Código federal

Artículo 75 de Código Penal Federal

Código Penal Federal · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 75.- Cuando el sentenciado acredite plenamente que no puede cumplir alguna de las modalidades de la sanción que le fue impuesta por ser incompatible con su edad, sexo, salud o constitución física, el Juez de Ejecución podrá modificar aquélla, siempre que la modificación no sea esencial.

Artículo reformado DOF 19-03-1971, 17-06-2016

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 75 del Código Penal Federal se refiere a la posibilidad de modificar una sanción impuesta a una persona sentenciada. Esto puede ocurrir cuando la persona demuestra que no puede cumplir con alguna de las modalidades de la sanción debido a su edad, sexo, salud o constitución física.

El Juez de Ejecución tiene la facultad de realizar esta modificación, siempre y cuando el cambio no sea esencial, es decir, que no altere de manera significativa la naturaleza de la sanción original.

  • Se puede modificar la sanción si se acredita la incompatibilidad con la edad, sexo, salud o constitución física.
  • La modificación debe ser autorizada por el Juez de Ejecución.
  • El cambio no debe ser esencial para mantener la naturaleza de la sanción.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 75 de Código Penal Federal?

El artículo 75 del Código Penal Federal se refiere a la posibilidad de modificar una sanción impuesta a una persona sentenciada. Esto puede ocurrir cuando la persona demuestra que no puede cumplir con alguna de las modalidades de la sanción debido a su edad, sexo, salud o…

¿Está vigente el artículo 75?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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