Artículo 33 de Código Penal para el Estado de Aguascalientes
Código Penal para el Estado de Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 33.- Concurso ideal de delitos. Existe concurso ideal cuando con una sola conducta se producen varios resultados de afectación o de puesta en peligro concreto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.