Artículo 110 de Código Penal para el Estado de Baja California
Código Penal para el Estado de Baja California · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 110.- Efectos y características de la prescripción.- La prescripción extingue la acción penal y la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad; es personal y para ello bastará el transcurso del tiempo señalado por la Ley.
La prescripción será declarada de oficio o a petición de parte.
(REFORMADO POR DECRETO 545, P.O. 9 DE SEPTIEMBRE DE 2016)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.