Artículo 295 de Código Penal para el Estado de Baja California Sur
Código Penal para el Estado de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 295. Enriquecimiento ilícito por simulación. A quien haga figurar como suyos, bienes que un servidor público adquiera o haya adquirido en contravención de lo dispuesto en la legislación sobre responsabilidades de los servidores públicos, se le impondrán las mismas penas señaladas para el delito de enriquecimiento ilícito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.