Artículo 333 de Código Penal para el Estado de Baja California Sur
Código Penal para el Estado de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 333. Simulación de pruebas. A quien con el propósito de inculpar a alguien por la comisión de un delito, simule en su contra la existencia de pruebas materiales que hagan presumir su responsabilidad, se le impondrán de tres a cinco años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.