Código Penal estatal

Artículo 359 de Código Penal para el Estado de Baja California Sur

Código Penal para el Estado de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 359. Falsificación o alteración y uso indebido de documento. Se impondrán de uno a cinco años de prisión y multa hasta por cien días de salario a quien, para obtener un beneficio para sí o para otro o causar un perjuicio y sin autorización de la persona interesada:

I. Ponga una firma o rúbrica falsa en un documento, aunque sea imaginaria, o altere una verdadera;

II. Aproveche indebidamente un documento en blanco que contenga huella digital, firma o rúbrica de una persona;

III. Altere el contenido de un documento verdadero, después de concluido y firmado, cambiando su sentido en forma sustancial;

IV. Varíe la fecha, el monto de los intereses o cualquier otra circunstancia relativa al tiempo y modo de la ejecución del acto contenido en el documento;

V. Atribuya el que extiende el documento o a la persona a cuyo nombre se hace, una investidura o calidad necesaria para la validez del acto;

VI. Redacte un documento en términos que cambien sustancialmente el acuerdo, creando obligaciones o derechos ajenos a la voluntad del otorgante; o VII. Engañe o sorprenda a alguien, haciendo que firme un documento privado que no habría firmado sabiendo su contenido.

La misma sanción se impondrá al que, a sabiendas, haga uso de un documento falso, a menos que se utilice como medio para la comisión del delito de fraude, ya que en este caso su utilización quedará subsumida en la forma agravada de este último ilícito.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 359 de Código Penal para el Estado de Baja California Sur?

Falsificación o alteración y uso indebido de documento. Se impondrán de uno a cinco años de prisión y multa hasta por cien días de salario a quien, para obtener un beneficio para sí o para otro o causar un perjuicio y…

¿Está vigente el artículo 359?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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