Artículo 159 de Código Penal para el Estado de Chiapas — Chiapas
Código Penal para el Estado de Chiapas — Chiapas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 159.- A los menores que de acuerdo con las disposiciones aplicables de este Código hayan incurrido en actos u omisiones previstas en leyes penales que no sean sujetos de derecho penal, se les sujetará a lo que determine la ley correspondiente.
Libro Segundo Parte Especial (REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2014)
Título Primero Delitos contra la vida, la integridad corporal, la dignidad humana de las mujeres y contra el derecho a una vida libre de violencia Capítulo I Homicidio
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.