Artículo 54 de Código Penal para el Estado de Chiapas
Código Penal para el Estado de Chiapas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 54.- La inhabilitación implica una incapacidad legal temporal o definitiva para obtener o ejercer cargos o empleos públicos, profesiones, actividades técnicas u oficios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.