Código Penal estatal

Artículo 286 de Código Penal para el Estado de Guanajuato

Código Penal para el Estado de Guanajuato · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 286. Se impondrá de seis meses a tres años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa, así como suspensión de sus derechos políticos hasta por tres años, a quien dolosamente:

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 03 DE JUNIO DE 2011)

I. (DEROGADO. P.O. 03 DE JUNIO DE 2011)

II. Impida la instalación, apertura o cierre de una casilla, o impida a otra persona cumplir con las funciones electorales que le han sido encomendadas.

III. Deposite más de una boleta en una urna.

IV. Realice funciones electorales que legalmente no le hayan sido encomendadas.

V. Anote datos falsos en algún documento electoral.

VI. Recoja sin causa prevista por la ley credenciales de elector de los ciudadanos.

VII. Obstaculice o interfiera el desarrollo normal de las votaciones, del escrutinio o del cómputo de los votos.

VIII. Vote dos o más veces en una misma elección.

IX. Utilice para emitir su sufragio alguna credencial para votar que no le corresponda.

X. Impida a otra persona a votar libremente, viole el secreto del voto u obligue a votar por un partido o candidato determinado mediante el uso de la violencia.

XI. Sustraiga, destruya, oculte o altere documentos electorales.

XII. Se presente a votar armado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 286 de Código Penal para el Estado de Guanajuato?

Se impondrá de seis meses a tres años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa, así como suspensión de sus derechos políticos hasta por tres años, a quien dolosamente: (REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 03 DE…

¿Está vigente el artículo 286?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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