Artículo 184 de Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo
Código Penal para el Estado de Hidalgo — Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 184. La punibilidad prevista en el artículo 183 se aumentarán (sic) una mitad, si se empleare violencia o se efectuare con alguna de las agravantes previstas en el artículo 181 de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.