Artículo 251 de Código Penal para el Estado de Hidalgo
Código Penal para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 251.- Se entenderá por pandilla lo dispuesto en el Artículo 18 párrafo segundo de este Código Penal y se le impondrá de cuatro a seis años de prisión y multa de 100 a 200 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.