Artículo 321 de Código Penal para el Estado de Hidalgo
Código Penal para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 321.- Se impondrá de seis meses a tres años de prisión y de 10 a 50 días multa, al que:
(REFORMADA, P.O. 30 DE JULIO DE 2018)
I.- Sin ser servidor público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal;
II.- Usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho, con el propósito de obtener un beneficio indebido o lesionar la dignidad o respeto de la corporación o de la investidura a que correspondan aquellos.
(ADICIONADA, P.O. 30 DE JULIO DE 2018)
III. Preste servicios privados de seguridad o se ostente como prestador de los mismos, sin contar con la autorización y registro legalmente requeridos; o (ADICIONADA, P.O. 30 DE JULIO DE 2018)
IV. Sin derecho use, posea, instale o permita el uso o instalación de torretas, sirenas, insignias, luces estroboscópicas o cualquier otro aditamento propio de las funciones policiales, en un vehículo particular.
(ADICIONADO, P.O. 30 DE JULIO DE 2018)
Se duplicará la punibilidad prevista en este artículo, cuando cualquiera de las conductas sancionadas se lleve a cabo para la comisión de otro delito, aún en grado de tentativa, siempre y cuando sea punible.
(ADICIONADO CON EL ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 24 DE JULIO DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.