Artículo 302 de Código Penal para el Estado de Morelos
Código Penal para el Estado de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 302.- Se aplicará la pena prevista en el artículo anterior, al que para hacer que un inocente aparezca como sentenciado de un delito, ponga sobre una persona o en cualquier lugar adecuados para ese fin, alguna cosa que pueda dar indicios o presunciones de responsabilidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.