Código Penal estatal

Artículo 255 de Código Penal para el Estado de Nayarit

Código Penal para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 255.- Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en enriquecimiento ilícito.

Existe enriquecimiento ilícito cuando se acredite el ilegítimo aumento del patrimonio de la o el servidor público o se acredite la ilegítima procedencia de bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.

Para efectos del párrafo anterior, se computarán entre los bienes que adquieran las personas servidoras públicas o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños, los que reciban y los que dispongan su cónyuge o sus dependientes económicos directos, siempre que se acredite que el cónyuge o sus dependientes económicos directos no los obtuvieron por sí mismos.

Al que cometa el delito de enriquecimiento ilícito se le impondrán las siguientes sanciones:

I. Decomiso en beneficio del Estado, de aquellos bienes cuya procedencia sea ilegítima;

II. Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito no exceda el equivalente a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se impondrán de tres meses a seis años de prisión, multa de treinta a trescientas veces la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública, y III. Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito exceda del equivalente de cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión pública.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 255 de Código Penal para el Estado de Nayarit?

Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en enriquecimiento ilícito. Existe enriquecimiento ilícito cuando se acredite el ilegítimo aumento del patrimonio de…

¿Está vigente el artículo 255?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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