Artículo 271 de Código Penal para el Estado de Nayarit — Nayarit
Código Penal para el Estado de Nayarit — Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 271.- Al que cometa el delito de falsificación de un documento de crédito, se le impondrá de uno a diez años de prisión y multa de cinco a treinta días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.