Código Penal estatal

Artículo 286 de Código Penal para el Estado de Nayarit

Código Penal para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 286.- Se sancionará con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta días, al que usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho, que sean exclusivos de funcionarios o de personas que tengan carácter de autoridad en el Estado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 286 de Código Penal para el Estado de Nayarit?

Se sancionará con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta días, al que usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho, que sean exclusivos de funcionarios o de personas que…

¿Está vigente el artículo 286?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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