Código Penal estatal

Artículo 129 de Código Penal para el Estado de Nuevo León

Código Penal para el Estado de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 129.- TRATANDOSE DE DELITOS QUE SOLO PUEDEN PERSEGUIRSE POR QUERELLA, ESTA DEBERA PRESENTARSE DENTRO DE UN PLAZO DE UN AÑO, CONTANDO DESDE EL DIA EN QUE LA PARTE OFENDIDA TENGA CONOCIMIENTO DEL DELITO Y DEL DELINCUENTE, Y EN TRES AÑOS, INDEPENDIENTEMENTE DE ESTA CIRCUNSTANCIA.

PRESENTADA EN TIEMPO LA QUERELLA, SE OBSERVAN LAS REGLAS DE LA PRESCRIPCION PARA LOS DELITOS QUE SE PERSIGUEN DE OFICIO. LAS QUERELLAS PRESENTADAS FUERA DE TERMINO NO TENDRAN EFICACIA ALGUNA, Y POR TANTO EL MINISTERIO PUBLICO ESTARA IMPEDIDO PARA EJERCITAR LA ACCION PENAL.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 129 de Código Penal para el Estado de Nuevo León a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 129 de Código Penal para el Estado de Nuevo León?

ARTICULO 129.- TRATANDOSE DE DELITOS QUE SOLO PUEDEN PERSEGUIRSE POR QUERELLA, ESTA DEBERA PRESENTARSE DENTRO DE UN PLAZO DE UN AÑO, CONTANDO DESDE EL DIA EN QUE LA PARTE OFENDIDA TENGA CONOCIMIENTO DEL DELITO Y DEL…

¿Está vigente el artículo 129?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.