Artículo 222 de Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 222.- Cuando se trate de ganado que sea pie de cría o sementales en producción para el mejoramiento genético, se aumentarán las penas hasta una tercera parte, según corresponda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.