Artículo 255 de Código Penal para el Estado de Sinaloa
Código Penal para el Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 255.- Las disposiciones de este Título sólo tendrán aplicación, cuando se trate de delitos que no sean de la competencia de los tribunales federales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.