Código Penal estatal

Artículo 352 de Código Penal para el Estado de Sinaloa

Código Penal para el Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 352.- Se impondrá prisión de tres meses a tres años, de veinte a doscientos días multa, suspensión de seis meses a tres años para ejercer la abogacía, en su caso, y hasta por el doble si reincidiere, a quien:

I.- Asista o ayude a dos o más contendientes o partes con intereses opuestos en un mismo negocio o negocios conexos, o acepte el patrocinio de alguno y admita después del de la parte contraria;

II.- Pida términos para probar lo que notoriamente no puede demostrar o no ha de aprovechar a su parte;

III.- Promueva incidente o recursos o use medios notoriamente improcedentes o ilegales, para dilatar o suspender maliciosamente un juicio;

IV.- Dolosamente alegue hechos falsos, invoque leyes inexistentes o que sean inaplicables al caso concreto;

V.- Con el carácter de defensor o apoderado no ofrezca ni rinda pruebas dentro de los plazos previstos por la ley, si está en posibilidad de hacerlo y corresponden a la naturaleza y estado del asunto;

VI.- Como defensor, sea particular o de oficio, sólo se concrete a aceptar el cargo y a solicitar la libertad caucional del inculpado, sin promover más pruebas ni dirigirlo en su defensa; o VII.- Abandone una defensa o negocio sin motivo justificado y causando daño.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 352 de Código Penal para el Estado de Sinaloa?

Se impondrá prisión de tres meses a tres años, de veinte a doscientos días multa, suspensión de seis meses a tres años para ejercer la abogacía, en su caso, y hasta por el doble si reincidiere, a quien: I.- Asista o…

¿Está vigente el artículo 352?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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