Artículo 59 de Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Penal para el Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 59.- La destitución consiste en la separación definitiva del empleo, cargo o comisión en el servicio público y surtirá sus efectos desde el momento en que cause ejecutoria la sentencia.
(REFORMADO, P.O. 20 DE ENERO DE 2023)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.